a repensar sus operaciones comerciales



Las compañías deberán adecuar sus operaciones empresariales a la luz del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe , conocido como Tratado de Escazú.

El Acuerdo que tiene por objeto garantizar el derecho todas las personas a un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible, fue firmado por México el 27 de septiembre de 2018. El Acuerdo entrará en vigencia al alcanzar 11 países que lo ratifiquen. Al día de hoy son 9 los países que lo han ratificado. El Senado mexicano está en el proceso de ratificación.

Este instrumento es el primer acuerdo regional en materia de protección ambiental, y viene a agregarse al extenso marco jurídico internacional del que México es parte.

El objetivo del Acuerdo es: “garantizar el derecho de todas las personas a tener acceso a la información de manera oportuna y adecuada, a participar de manera significativa en las decisiones que afectan sus vidas y su entorno a la vez a acceder a la justicia cuando estos derechos hayan sido vulnerados”.

En él, se abordan aspectos fundamentales de la gestión y protección ambientales que van afectar la manera en la cual las empresas realizan sus operaciones. Las empresas deberán informar cómo inciden en el uso sostenible de los recursos naturales, en la conservación de la diversidad biológica, en la lucha contra la degradación de las tierras, y en el cambio climático.

Para ello, el Estado, garantizará que las empresas elaboren informes de sostenibilidad que reflejen su desempeño social y ambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia para los afectados por los posibles impactos adversos asociados a la actividad empresarial que afecten o puedan afectar el medio ambiente y la salud.

Las empresas deberán readecuar sus operaciones a fin de alinearse a estas exigencias. Para ello, sugiero las siguientes acciones que deberían emprender:

1. Exigir al Estado los informes de impacto socio ambientales antes de iniciar una actividad empresarial.

2. Incorporar una evaluación externa que periódicamente analice la operación empresarial desde la aplicación de los Principios Rectores de Naciones Unidas para las Empresa y Derechos Humanos,

3. Incorporar, integralmente, al análisis de riesgo los derechos que la operación empresarial puede impactar negativamente, a través de un proceso de due diligence.

4. Informar a los terceros interesados y a los posibles afectados los impactos negativos de la actividad empresarial.

5. Reparar el posible daño que la actividad empresarial pudiera ocasionar.

Las empresas que primero adecuen sus operaciones a las nuevas exigencias, serán las primeras que se posicionaran en este nuevo entorno de producir con responsabilidad y respeto.

RRR



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