TEPJE declara improcedente impugnación de “El Químico” Benítez
Sala Regional de Guadalajara revoca el acto de impugnación y permanece sentencia por violencia política en razón de género
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con sede en Guadalajara, declara improcedente la impugnación de Luís Guillermo Benítez Torres.
El caso fue remitido al Tribunal Electoral de Sinaloa y tiene cinco días para resolverlo.
El acto de impugnación a la sentencia hecha por el Instituto Estatal Electoral del Estado de Sinaloa, del pasado 2 de diciembre, en la que se culpa al alcalde Luis Guillermo Benítez Torres de restricción de cargo y violencia política en razón de género en contra de la síndico Procuradora, Elsa Bojórquez Mascareño.
Asimismo, desechó de plano la demanda de juicio electoral presentada por el alcalde de Mazatlán el 5 de enero de 2021, por hacerlo de forma extemporal, en ella proponía calificar como inoperante el motivo de reproche de la sentencia del IEES por carecer de competencia para atender las demandas planteadas, pues solo debe acoger violaciones a los principios rectores de los procesos electorales.
El Tribunal también rechazó la propuesta de calificar como fundados los agravios en los que se señala que el IEES carece de competencia para dejar sin efecto el nombramiento del titular del Órgano Interno de Control, Rafael Padilla Díaz, con el argumento de que es un tema administrativo que no se relaciona con la material electoral, transgrediendo así el sistema organizacional del Ayuntamiento.
La resolución de la Sala Regional del TEPJF fueron:
Primero: Se acumulan los juicios conforme a lo indicado en la sentencia y en consecuencia deberá cruzarse con copia certificada de los puntos resolutivos del fallo a los expedientes acumulados.
Segundo: Se desecha de plano la demanda de juicio electoral 5 de este año, en términos de lo precisado en la sentencia.
Tercero: Se revoca el acto impugnado por las razones y los efectos precisados en la ejecutoria.







